L’erba del vicino: la Spagna e l’apparente divieto di linking del #CódigoGallardón

El Gobierno, al abordaje de la piratería | Cultura | EL PAÍS.

El último borrador de ese nuevo artículo 270 del Código Penal, que ha circulado esta misma semana por distintos departamentos del Gobierno, aumenta las penas (hasta los seis años de cárcel) a quien trafique con obras sujetas a copyright. Pero incorpora, además, la siguiente sanción: entre seis meses y cuatro años de cárcel a quien, “en la prestación de servicios de la sociedad de la información, facilite el acceso o la localización de obras o prestaciones protegidas ofrecidas ilícitamente en Internet”, creando “listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras y prestaciones referidas […][…], aunque dichos enlaces hubieran sido facilitados inicialmente por los destinatarios del servicio”; y siempre que exista ánimo de lucro.

l’ultima bozza dell’articolo del codice penale prevedeva da 6mesi a 4 anni di carcere a chi “faciliti l’accesso o la individuazione di opere o prestazioni protette dal diritto d’autore ed offerte illecitamente online creando elenchi ordinati e classificati alle opere, anche se questi link sono stati inizialmente predisposti dai destinatari del servizio, e deve esserci il fine di lucro

La pena se eleva a seis años de cárcel en casos especialmente graves (por el volumen de dinero generado o por el valor o el número de las obras).

Aunque esa pena máxima de seis años figuraba ya en el borrador conocido en abril, el artículo se ha suavizado en varias de sus aristas durante estos meses de negociaciones. Primero, porque, al fijar el mínimo de cárcel en seis meses —y no en dos años como antes—, muchos condenados evitarían el ingreso en prisión (las penas de menos de un año no lo acarrean si no hay antecedentes).

pene da sei mesi a sei anni, in Spagna sotto l’anno non si va in carcere.

Y segundo porque el artículo se ha visto matizado en su contenido. Las webs de enlaces solo podrán ser perseguidas penalmente si sus responsables colaboran con la vulneración del derecho de propiedad intelectual “de forma significativa”; y eso se mediría teniendo en cuenta baremos como “su nivel de audiencia en España o el volumen de obras y prestaciones protegidas no autorizadas”.

i web link potranno essere perseguiti solo se i responsabili collaborano “in modo significativo”

Además, habrá que probar que el dueño de la web no se limita a realizar un “tratamiento meramente técnico o automático de los datos facilitados por terceros”, sino que hay cierto grado de colaboración o supervisión.

il trattamento non deve essere semplicemente tecnico, ci deve essere collaborazione o supervisione

A la pena de cárcel se añadirá la “retirada de los contenidos”, ordenada por un juez, y la “interrupción de la prestación” cuando el portal de Internet se use “exclusiva o preponderantemente” para difundir contenidos piratas.

oltre al carecere ci sara’ la il ritiro dei contenuti ordinato da un giudice quando il sito sia usato in modo prevalente o esclusivo per diffondere contenuti pirata

Pero el último recurso que preveía el borrador de abril, el “bloqueo del acceso” a la web, se ha limitado ahora: solo se hará “de manera excepcional”, “cuando exista reiteración de la conducta tipificada” y “cuando resulte una medida proporcionada, eficiente y eficaz”.

il blocco dei siti web sarà una misura eccezionale quando ci sia riterazione dei comportamenti e quando sia una misura proporzionale ed efficace

Esta redacción podría sufrir nuevos cambios antes de su aterrizaje en la mesa del Consejo de Ministros. Después, aún quedaría el trámite parlamentario, donde el texto también podría ser modificado. El nuevo Código Penal no entrará en vigor hasta, como pronto, la primavera del año próximo.

il testo dovraà andare in parlamento che potrà modificarlo, l’entrata in vigore sarà primavera del 2014

farebbe piacere una volta tanto vedere una simile alacrità nel difendere i diritti degli utenti, tipo prestare, regalare, rivendere, ecc.

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